“Nos encontramos en unos momentos cruciales para la protección de la salud y el medio ambiente”

21/05/2013

“En el último boletín se comentaba el informe publicado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) sobre disruptores endocrinos (DEs), donde se revisa la evidencia científica disponible referente a los efectos, tanto para los animales como para el ser humano, de la exposición a estos compuestos [1]. Desde entonces se han producido una serie de acontecimientos que nos permiten afirmar que nos encontramos en unos momentos cruciales para la protección de la salud y el medio ambiente.

“Algunos países europeos ya han comenzado
a regular el uso de disruptores endocrinos y han
prohibido el uso del bisfenol A (BPA) en todos los
materiales que estén en contacto con alimentos infantiles.”

El pasado 14 de marzo, el pleno del Parlamento Europeo aprobó con 489 votos a favor, 102 en contra y 19 abstenciones el proyecto de resolución de la Comisión de Medio Ambiente, Salud y Seguridad Alimentaria [Proyecto sobre la protección de la salud pública contra los DE 2012/2066(INI)] [2], que reclama dar un vuelco a la estrategia europea sobre estas sustancias químicas y mejorar profundamente la política sobre el control de las mismas.

La resolución exige medidas urgentes y concretas para proteger la salud de los ciudadanos frente a los DEs mediante una estrategia comunitaria común, que debe estar finalizada para mediados de 2015. La resolución establece con claridad la dificultad de fijar unos niveles de exposición que puedan considerarse realmente seguros; recalca que es prioritario reducir la exposición a este tipo de sustancias químicas, mediante la revisión de la legislación vigente con el objetivo de lograr una disminución de la exposición, especialmente para los grupos de población más vulnerables -embarazadas, bebés, niños y adolescentes-, propone diferentes mejoras en el sistema regulatorio europeo REACH (Registration, Evaluation, Authorisation and Restriction of Chemical substances), y, por último, indica cómo los resultados de los estudios científicos deben ser utilizados para evaluar los riesgos de la exposición a estos compuestos químicos tan particulares.

“La resolución exige medidas urgentes y concretas
para proteger la salud de los ciudadanos frente a los DEs
mediante una estrategia comunitaria común, que debe
estar finalizada para mediados de 2015.”

A la par, otras iniciativas internacionales se han ido planteando por diferentes organismos internaciones, entre las que destacan las desarrolladas a petición de la propia Comisión Europea, por un grupo de expertos en disrupción endocrina -ED Expert Advisory Group-EAG- y por la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), que acaban de elaborar sendos informes donde se establecen los elementos a tener en cuenta para el establecimiento de criterios científicos para identificar DEs. El informe del “ED Expert Advisory Group-EAG” se presentó a la Comisión el pasado día 19 de marzo [3], y el de la EFSA, el pasado 20 de marzo [4].

Ambos informes difieren en algunas características esenciales. El informe de la EFSA subraya que todas las sustancias activas sobre el sistema endocrino no tienen por qué ser necesariamente DEs, supedita la existencia de “pruebas razonables” que demuestren que la sustancia pueda generar un efecto nocivo resultante de su interacción o interferencia con el sistema endocrino, mediante la utilización de los ensayos disponibles internacionalmente aceptados. Recuérdese que los ensayos disponibles (OECD-UE) cubren, por ahora, una parte limitada del sistema endocrino: estrógenos, andrógenos y tiroides-, así como la interacción con la esterogénesis ovárica y testicular.

Por su parte, el informe del ED-EAG señala que si bien para poder identificar a un compuesto químico como DE es necesario que se demuestre que la exposición se asocia con un efecto adverso, y que este se ejerce mediante interacción o interferencia con el sistema endocrino, otras cualidades como son la potencia, severidad, irreversibilidad, o toxicidad, no son obligatorias para la cualificación como DE, aunque sirvan de ayuda para la caracterización del riesgo.
“Nuestro informe -señala la eurodiputada Westlund- deja claro que
ha llegado el momento de tomar una acción política coherente.
Incluso aunque no tengamos todas las respuestas, ya sabemos lo suficiente para que se regulen estas sustancias de acuerdo al principio de precaución”.
Además, el informe insiste en que debe ser tenida en cuenta toda la información científica relevante procedente de estudios científicos correctamente diseñados, aunque no lo hayan sido con interés regulador. Lo novedoso, por último, es que pone de relieve que aun en ausencia de toda la evidencia científica, debe priorizar la protección de la salud humana y animal. Subraya, además, la necesidad de ampliar los ensayos biológicos actualmente disponibles (OCDE-UE), que deberían considerar los efectos que aparecen mucho después de que ocurra la exposición, especialmente, si ésta tiene lugar durante el embarazo, así como la conveniencia de desarrollar biomarcadores in vivo que sean indicadores de actividad endocrina. El grupo de expertos recomienda considerar de manera individual cada compuesto químico, caso por caso, así como tener en cuenta la exposición continuada y el continuo estrés al que están sometidos los organismos vivos.

La eurodiputada sueca Åsa Westlund, impulsora del proyecto sobre la protección de la salud pública contra los disruptores endocrinos, afirmó: “Nuestro informe deja claro que ha llegado el momento de tomar una acción política coherente. Incluso aunque no tengamos todas las respuestas, ya sabemos lo suficiente para que se regulen estas sustancias de acuerdo al principio de precaución”.

Algunos países europeos ya han comenzado a regular el uso de disruptores endocrinos. Así, Francia, Bélgica, Dinamarca y Suecia han prohibido el uso del bisfenol A (BPA) en todos los materiales que estén en contacto con alimentos infantiles, inicialmente para los destinados a menores de 3 años, y posteriormente para toda la infancia. Dinamarca, por su parte, prohibió el año pasado cuatro tipos de ftalatos (DEHP, DBP, DIBP y BBP) presentes en muchos bienes de consumo. En España se ha lanzado la primera iniciativa en nuestro país destinada a la prohibición de BPA en los envases de alimentos [5].

Los que trabajamos en investigación en este campo pensamos que hay todavía mucho por hacer, por eso está en marcha una iniciativa expresada a modo de “Declaración de Berlaymont sobre Disruptores Endocrinos” con el objetivo de incentivar una convocatoria especifica de investigación en esta área dentro del Marco Europeo Horizon 2020.”
Artículo publicado el el BOLETÍN OSMAS (Abril 2013) por Marieta Fernández, miembro del grupo de expertos de la UE (ED-EAG) sobre disruptores endocrinos e investigadora del Proyecto INMA.

[1] http://www.who.int/ceh/publications/endocrine/en/index.html
[2] http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+REPORT+A7-2013-0027+0+DOC+XML+V0//ES
[3] http://ihcp.jrc.ec.europa.eu/our_activities/food-cons-prod/endocrine_disrupters/jrc-report-scientific-issues-identification-endocrine-disrupting-substances
[4] http://www.aesan.msc.es/AESAN/web/punto_focal_efsa/detalle/disruptores_efsa.shtml
[5] http://plural-21.org/fundacion-vivo-sano-2/fundacion-vivo-sano